SEDATU ofrece 400 mil pesos a hogares en alto riesgo porque no hay suelo seguro; sus lineamientos aceptan reforzar la casa y el convenio de cada hogar obliga a desalojarla
El 15 de octubre de 2026 el DOF publicó los lineamientos del Proyecto Extraordinario "Apoyo único" de la SEDATU para hogares afectados por las lluvias de octubre de 2025 en Hidalgo, Puebla y Veracruz, que dejan sin efecto los emitidos en agosto. El apoyo es de 400,000 pesos en tres pagos de 160,000, 160,000 y 80,000 para hogares en zonas dictaminadas de alto o muy alto riesgo, "donde no es posible garantizar su permanencia en condiciones de seguridad". Para incorporarlos, el gobierno estatal debe manifestar que "no existe suelo viable para el asentamiento de los hogares identificados en zonas de menor riesgo". El segundo pago se acredita con la compra de una vivienda o un lote fuera de la zona, con la construcción en lote propio o familiar, o con obras para "reducir la vulnerabilidad de la vivienda", y entre las causales de cancelación figura "permanecer asentados en las zonas de atención y no haber utilizado el recurso para implementar medidas de reforzamiento". El convenio de adhesión que firma cada hogar lo obliga a "desocupar de manera definitiva el inmueble" en zona de riesgo "y abstenerse de volver a habitarla", aunque entre sus propias causales de cancelación repite la que tolera el reforzamiento, y la carta compromiso que se pide para ser elegible repite la obligación de desocupar. La Encuesta Intercensal 2025 registró 152 mil hogares con al menos una persona desplazada por desastres entre octubre de 2020 y octubre de 2025.
Strategic interpretation
Sistémico: En el mismo programa el Estado reconoce que esos hogares no pueden quedarse con seguridad y que no tiene suelo seguro que ofrecerles, y resuelve con dinero: el hogar busca por su cuenta adónde irse. La reubicación deja de ser obra pública y pasa a ser transferencia. Y el programa no decide qué pide: sus lineamientos aceptan quedarse y reforzar, y el convenio que firma cada hogar lo obliga a irse para siempre; quien refuerce su casa cumple una parte del programa e incumple otra. La tensión es entre la retirada planificada, que exige suelo y gobierno del territorio, y la permanencia mitigada, que solo exige materiales. Gana la autoridad, que convierte un problema territorial en un padrón; quedan expuestos los hogares que refuercen y los municipios que heredan el riesgo. Consecuencia: Le toca a la SEDATU, a los gobiernos de Hidalgo, Puebla y Veracruz, que certifican la falta de suelo, a los municipios que emiten los dictámenes de riesgo y a los hogares beneficiarios; también al vendedor de lotes y vivienda usada en las cabeceras cercanas, que recibe demanda pagada con dinero público sin ordenamiento detrás. Lo que se sigue: si el pago se vuelve precedente, la adaptación climática se administra como transferencia por evento y la pregunta de dónde vivir se resuelve hogar por hogar. A tres a diez años: barrios de reubicados dispersos y sin plan, o familias que se quedaron en la zona de riesgo con una casa reforzada y un convenio incumplido. Cosmovisión: Que el riesgo es un atributo de cada vivienda y no del territorio, y que por eso se puede resolver casa por casa. Qué observar: Si la SEDATU corrige la contradicción entre lineamientos y convenio, y hacia qué lado; cuántos hogares se incorporan y cuántos refuerzan en lugar de mudarse, si publica el desglose; y si el instrumento se repite con el siguiente desastre o se vuelve regla de operación. A diez años: si México tiene una política de retirada planificada con suelo, o solo pagos por evento.
SEDATU, Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Proyecto Extraordinario "Apoyo único", DOF 15 de octubre de 2026 (código 5801257), y su anexo publicado por el DOF en PDF escaneado, leído por reconocimiento óptico de caracteres y cotejado en los numerales 2.1, 3.3, 5.2 y 5.3, la mecánica operativa, las causales de cancelación, el Convenio de Adhesión (anexo PE-01, cláusula tercera) y la Carta de Compromiso (PE-07). No consta que se haya hecho algún pago. Acuerdo de instrucción del proyecto, DOF 5 de agosto de 2026 (código 5795527). INEGI, Encuesta Intercensal 2025, Reporte de Resultados del 22 de septiembre de 2026 (desplazamiento forzado interno). Todos abiertos el 19 de octubre de 2026; el convenio y la carta se cotejaron el 20.
Published on October 20, 2026