El trabajo doméstico y de cuidados equivale a 23.9% del PIB mexicano y solo dos entidades tienen ley de cuidados: Jalisco desde 2024 y la Ciudad de México desde mayo de 2026
El INEGI publicó el 25 de noviembre de 2025 la Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares 2024: el valor económico del trabajo no remunerado en labores domésticas y de cuidados fue de 8 billones de pesos a precios corrientes, equivalente a 23.9% del PIB del total de la economía, por encima de la industria manufacturera y del comercio. Las mujeres aportaron 72.6% de ese valor y los hombres 27.4%. La serie del propio INEGI muestra el indicador subiendo de 18.5% del PIB en 2003 a 23.9% en 2024. En paralelo, el Congreso de Jalisco aprobó el 16 de febrero de 2024 la Ley del Sistema Integral de Cuidados, primera del país, y el Congreso de la Ciudad de México aprobó la Ley del Sistema de Cuidados el 26 de mayo de 2026 con 64 votos a favor, convirtiéndose en la segunda entidad con legislación en la materia. En San Luis Potosí se aprobó una reforma constitucional estatal en materia de cuidados y el 5 de julio de 2026 se presentó la iniciativa de ley que la reglamentaría; en Tamaulipas la Diputación Permanente aprobó en agosto de 2026 el dictamen que propone expedir la ley, aún pendiente de discusión en el Pleno. No existe ley general federal del Sistema Nacional de Cuidados ni reforma al artículo 4 constitucional que reconozca expresamente el derecho al cuidado.
Interpretación estratégica
Sistémico: el punto de inflexión es mayo de 2026: la segunda entidad legisla y el tema pasa de excepción jalisciense a patrón, con dos procesos más abiertos el mismo trimestre. La tensión es entre una economía del cuidado que ya es la actividad más grande del país medida contra el PIB y una arquitectura que no la reconoce como sector: sin ley general, sin financiamiento permanente y sin aparecer en la cuenta pública, porque la sostienen los hogares sin cobrar. Gana quien recibe el subsidio invisible: el empleador que no paga por la disponibilidad de su plantilla y el sistema de salud que da de alta pronto porque alguien cuida en casa. Pierde quien lo paga con tiempo propio, 72.6% mujeres. Consecuencia: le toca al empleador mediano antes que a nadie: las leyes de Jalisco y la Ciudad de México crean obligaciones y padrones que aterrizan sobre centros de trabajo, no sobre el gobierno federal. Y al operador privado de estancias infantiles y de cuidado de adultos mayores, que hoy vende sin marco nacional y con ley pasa a proveedor regulado. Lo que se sigue de eso: si avanza entidad por entidad, México tendrá hasta 32 sistemas con reglas distintas antes de tener uno nacional, y la empresa multiestado enfrentará obligaciones divergentes sobre la misma plantilla. A tres a diez años converge con la caída de la fecundidad: menos personas cuidadoras por persona mayor, justo cuando la cohorte de 60 y más crece. Cosmovisión: el sistema supone que cuidar es un acto de amor privado y no una infraestructura, y por eso no requiere presupuesto, norma ni medición. La cuenta satélite mide lo que ese supuesto declara inmedible, y el resultado es mayor que la manufactura. Qué observar: si una tercera entidad publica su ley antes de fin de 2026; si se presenta iniciativa de reforma al artículo 4 en el periodo ordinario de septiembre; y si el Presupuesto de Egresos 2027 crea un anexo transversal de cuidados con monto identificable. Ese anexo, no la ley, convierte el derecho en sistema.
INEGI, Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares de México 2024, Comunicado de Prensa 148/25, 25 de noviembre de 2025 (documento abierto). Congreso de Jalisco, Ley del Sistema Integral de Cuidados aprobada el 16 de febrero de 2024. Congreso de la Ciudad de México, boletín de aprobación de la Ley del Sistema de Cuidados del 26 de mayo de 2026, 64 votos a favor. Congreso de San Luis Potosí y Congreso de Tamaulipas para el estado de sus respectivos procesos.
Publicada el 31 de agosto de 2026